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Artículo 80° de Auto Acordado S/N

Auto acordado sobre funcionamiento y tramitación de las causas y asuntos que deben sustanciarse ante el tribunal calificador de elecciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1159481 / 10226441.

Texto oficial

80º Formulario de reclamo. En la página web del Tribunal y en los consulados estará a disposición de los reclamantes un formulario para interponer su reclamo. Los reclamos que se presenten ante el Cónsul deben ser por escrito, con copia, identificándose el reclamante y acompañando todos los medios de prueba en formato digital. El Cónsul deberá estampar la hora y fecha de la presentación en la copia del reclamo que será devuelto al reclamante, y remitirá el reclamo escaneado por la página web del Tribunal en el más breve plazo, con su clave de identificación.