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Artículo PRIMERO transitorio del Decreto 37

Aprueba reglamento de los sistemas de transmisión y de la planificación de la transmisión

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1160108 / 10229326.

Texto oficial

Artículo primero transitorio. Para efectos de lo señalado en el Artículo 14.- del reglamento aprobado en el artículo primero del presente decreto, la Comisión deberá actualizar y publicar la norma técnica que corresponda dentro de los dos años siguientes a la publicación en el Diario Oficial del presente decreto.