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Artículo de Resolución 484 EXENTA

Modifica resolución nº 997 exenta, de 2020, del ministerio de salud

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1160287 / 10229823.

Texto oficial

1. Modifícase la resolución exenta Nº 997, de 2020, del Ministerio de Salud, de la siguiente forma: a. Incorpórase el siguiente párrafo final, nuevo, al numeral 5: "No será exigible el seguro médico de viaje a que se refiere el presente numeral, a los nacionales del Reino de España no residentes en Chile que ingresen al país, siempre que porten los formularios E-CHL/09 y E-CH/11 vigentes. Lo anterior en cumplimiento del Convenio de Seguridad Social entre la República de Chile y el Reino de España suscrito en Madrid, España, promulgado mediante decreto supremo Nº 262, de 1998, del Ministerio de Relaciones Exteriores; y de los artículos 5 y 6 del Acuerdo Administrativo con el Reino de España para la aplicación del Convenio de Seguridad Social, promulgado mediante decreto supremo Nº 810, de 1998, del Ministerio de Relaciones Exteriores".