Texto oficial
Ley N° 19.496
Artículo 2º.- Derógase la ley N° 18.223, con Art. 2° transitorio
excepción de sus artículos 5º y 13, así como toda otra D.O. 07.03.1997
disposición legal contraria a lo preceptuado por la
presente ley, a contar de su fecha de vigencia.