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Artículo de Resolución 727 EXENTA

Aprueba medidas excepcionales de gestión para el otorgamiento de subsidios adicionales, conforme al ds nº 255 (v. y u.), de 2006, y sus modificaciones, programa de protección del patrimonio familiar, y al ds nº 27 (v. y u.), de 2016, programa de mejoramiento de viviendas y barrios

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1160752 / 10238680.

Texto oficial

1. Delégase en los Secretarios Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo la facultad del inciso tercero del artículo 2º del DS Nº 255 (V. y U.), de 2006, que reglamenta el Programa de Protección al Patrimonio Familiar, y del inciso final del artículo 26, del DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, que regula el Programa de Mejoramiento de Viviendas y Barrios, para el solo efecto de incrementar los montos de subsidios ya asignados, respecto de aquellos contratos de construcción celebrados durante el año 2020 y hasta el 30 de septiembre de 2021, y que se encuentren vigentes. Esta asignación directa procederá previa solicitud del Serviu respectivo, fundada en el mayor valor de los materiales de construcción, y conforme a la variación de precios producida en dicho mercado, reflejada en las diferencias entre los itemizados de precios elaborado por la División Técnica de Estudio y Fomento Habitacional, correspondientes a los años 2020 y 2021, y aprobados por cada Serviu en su respectiva región. 2. Instrúyese a los Serviu requerir a las Seremi, cuando corresponda, el otorgamiento de subsidios adicionales del DS Nº 255 (V. y U.), de 2006, y del DS Nº 27 (V. y U.), de 2016, y gestionar las modificaciones contractuales en virtud de las cuales se ajuste el precio de los respectivos contratos de construcción celebrados a contar del mes de septiembre del año 2020 y hasta la fecha de dictación de la presente resolución, y que se encuentren vigentes, conforme a la variación experimentada en los precios de los materiales, en los términos indicados en el resuelvo precedente.