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Artículo 3 de la Ley 21.352

Modifica la ley n°21.289, de presupuestos del sector público correspondiente al año 2021, y la ley n°21.230, que concede un ingreso familiar de emergencia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1160772 / 10239688.

Texto oficial

Artículo 3.- Durante la vigencia de la ley N° 21.289, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2021, las municipalidades deberán habilitar accesos presenciales para facilitar el proceso de postulación a los beneficios establecidos en la ley N°21.230 y en esta ley a quienes no cuenten con conectividad o tengan dificultades para emplear las plataformas disponibles o por otro fundamento semejante.