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Artículo de Resolución 1374 EXENTA

Convoca a instituciones que indica a celebrar convenios

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 1161027 · idParte: 10242328

Texto oficial

1. Convóquese a las instituciones que efectúen venta directa de medicamentos a usuarios, con cobertura en el territorio nacional, a celebrar con la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, convenios de bonificación directa en el valor de los medicamentos a adquirir por los beneficiarios del Sistema de Salud de Capredena, en los términos y condiciones que se establecerán en los convenios respectivos, de conformidad al plan de bonificaciones aprobado por el Consejo Directivo y a las normas técnicas y operativas fijadas por la Caja de Previsión de la Defensa Nacional. 2. La Caja de Previsión de la Defensa Nacional se reservará el derecho de poner término anticipado a dichos convenios, en el evento de verse afectada la sustentabilidad financiera de su Fondo de Medicina Curativa. 3. Para la elaboración de los convenios, se podrá solicitar a las instituciones que expendan medicamentos que propongan convenios tipo, los que serán analizados por la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, sugiriéndose las modificaciones que sean necesarias para cumplir con el marco normativo de la Caja. 4. Los establecimientos que manifiesten su voluntad de suscribir convenio en virtud de la presente convocatoria, deberán señalar en los mismos si los medicamentos que expenderán a los beneficiarios del Sistema de Salud de Capredena estarán o no afectos a algún descuento, especificándolo en caso afirmativo. 5. Póngase en conocimiento de las señaladas instituciones la presente convocatoria, a través de la página web de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, sin perjuicio de su publicación en el Diario Oficial.