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Artículo de Resolución 325 EXENTA

Autoriza nuevo plazo de 180 días a subsidios (tarjeta plástica) de beneficiarios(as) de la región de los lagos, provenientes de la resolución exenta n° 792 de fecha 06.05.2020 (v. y u.) de 2020 y su modificatoria resolución exenta n° 1.129 de fecha 27.07.2020 que llama a postulación del llamado nacional en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales del programa de protección del patrimonio familiar por el d.s. n° 255 (v. y u.) de 2006, correspondientes al título ii, mejoramiento de la vivienda destinados al financiamiento de materiales de construcción para el mejoramiento de techumbre e impermeabilización de viviendas, y aprueba nómina de postulantes seleccionados, en el marco de la delegación de facultades en los secretarios regionales ministeriales establecida en la resolución exenta n° 6.042 de fecha 11.05.2017 (v. y u.) y sus respectivas modificatorias

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1162230 / 10247755.

Texto oficial

1. Autoriza nuevo plazo de 180 días a subsidios (tarjeta plástica) pertenecientes a beneficiarios de la Región de Los Lagos, provenientes de la resolución exenta N° 792 de fecha 06.05.2020 (V. y U.) de 2020 sobre llamado a Postulación del Llamado Nacional en condiciones especiales del año 2020, para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Programa de Protección del Patrimonio Familiar por el D.S. N° 255 (V. y U.) de 2006, correspondientes al título II, Mejoramiento de la Vivienda destinados al financiamiento de materiales de construcción para el mejoramiento de techumbre e impermeabilización de viviendas y su respectiva modificatoria resolución exenta N° 1.129 (V. y U.) de fecha 27.07.2020, que aprueba nómina de postulantes seleccionados, en el marco de la delegación de facultades en los Secretarios Regionales Ministeriales establecida en la resolución exenta N° 6.042 de fecha 11.05.2017 (V. y U.) y sus respectivas modificatorias. 2. Atendido a lo señalado en el resuelvo 10, de la resolución exenta N° 6.042 de fecha 11.05.2017, en concordancia con sus resoluciones modificatorias, infórmese a la División de Política Habitacional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en un plazo no superior a 10 días corridos desde su dictación. 3. Publíquese en el Diario Oficial de conformidad a lo establecido en el artículo 48 letra b) de la ley 19.880. 4. Ofíciese al Diario Oficial, acompañando ejemplar de la resolución que se aprueba, a efecto que realice la publicación señalada precedentemente.