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Artículo 12 de la Ley 21.360

Reajusta el monto del ingreso mínimo mensual, así como la asignación familiar y maternal, y el subsidio familiar, y otorga ayudas extraordinarias para las familias en contexto del covid-19

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1162462 / 10250099.

Texto oficial

Artículo 12.- El mayor gasto que represente la aplicación de esta ley en el año 2021 se financiará con cargo a los recursos del Tesoro Público. En los años siguientes se estará a lo que considere la Ley de Presupuestos del Sector Público respectiva. Respecto a lo dispuesto en el artículo 6 de esta ley, el mayor gasto fiscal que represente ésta durante su primer año presupuestario de vigencia se financiará con cargo al presupuesto del Ministerio de Desarrollo Social y Familia y, en lo que faltare, con recursos provenientes de la partida presupuestaria Tesoro Público. En los años siguientes se estará a lo que considere la Ley de Presupuestos del Sector Público respectiva.