Texto oficial
Artículo 12.- El mayor gasto que represente la aplicación de esta ley en el año 2021 se financiará con cargo a los recursos del Tesoro Público. En los años siguientes se estará a lo que considere la Ley de Presupuestos del Sector Público respectiva.
Respecto a lo dispuesto en el artículo 6 de esta ley, el mayor gasto fiscal que represente ésta durante su primer año presupuestario de vigencia se financiará con cargo al presupuesto del Ministerio de Desarrollo Social y Familia y, en lo que faltare, con recursos provenientes de la partida presupuestaria Tesoro Público. En los años siguientes se estará a lo que considere la Ley de Presupuestos del Sector Público respectiva.