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Artículo segundo de Resolución 3893 EXENTA

Autoriza procedimiento excepcional para la certificación de la recepción de equipamiento adquirido por las instituciones administradoras de establecimientos de administración delegada regidos por el d.l. n° 3.166, de 1980, del ministerio de educación

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1162944 / 10254850.

Texto oficial

Artículo segundo: Autorízase, como medio de verificación de la recepción citada en el artículo primero, una declaración jurada de la institución administradora, en la que se señale que el equipamiento fue recibido de parte del proveedor, encontrándose operativo y/o en condiciones de uso en el establecimiento educacional y un listado del equipamiento convenido, indicando sus características. Dicha declaración deberá ser suscrita por el representante legal de la institución administradora y por el director o rector del establecimiento correspondiente.