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Artículo 9° del Decreto 5162

Modifica y actualiza ordenanza comunal de participación ciudadana y convivencia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1163577 / 10259106.

Texto oficial

Artículo 9°.- Se considerarán, asimismo, como objetivos de la presente Ordenanza: a) Facilitar la interlocución entre el Municipio de La Ligua, sus autoridades y funcionarios/as con las distintas expresiones organizadas y no organizadas de los habitantes de la comuna, y desarrollar acciones que contribuyan a mejorar las relaciones de colaboración y de corresponsabilidad en la gestión de lo público a nivel local. b) Fortalecer la sociedad civil, su asociación y las relaciones de cooperación entre las personas que habitan la comuna mediante el respeto, la promoción y la protección de los derechos humanos. c) Establecer un modelo de institucionalidad ciudadana comunal permanente, que garantice el respeto de los principios y derechos que se establecen como base de esta ordenanza, y que buscan garantizar una participación ciudadana de calidad en sus distintos niveles, para favorecer y fortalecer la acción de personas, grupos y organizaciones que trabajan por el buen vivir comunitario. d) Promover el fomento del desarrollo local humano y sustentable, con miras al mejoramiento de las condiciones de vida de todas las personas, para lograr una convivencia más justa y una comuna más segura. e) Apoyar e impulsar las diversas y variadas modalidades de participación ciudadana que se manifiesten en la comuna y sus barrios, tendientes a facilitar el tratamiento y una solución pacífica de los conflictos que afecten a las personas de la comuna y que involucren tanto a entidades públicas municipales y/o estatales, como a entidades privadas que presten servicios de utilidad pública e interés común.