Texto oficial
1º Declárese como Humedal Urbano, para efectos de lo dispuesto en la ley Nº 21.202, el Humedal Estero Lircay, cuya superficie aproximada es de 22,9 hectáreas, ubicado en la comuna de Temuco, Región de la Araucanía.
2º Establézcase los límites del Humedal Urbano Humedal Estero Lircay, representados en la cartografía oficial, y que se detallan en coordenadas referenciales UTM según Datum WGS 84, huso 18 sur y son las siguientes:
Para todos los efectos legales, la cartografía oficial, autorizada por el Subsecretario del Medio Ambiente como ministro de fe, forma parte integrante del presente decreto y puede ser consultada en las dependencias del Ministerio del Medio Ambiente, así como en el siguiente enlace https://humedaleschile.mma.gob.cl/wp-content/uploads/2021/08/Mapa-Oficial-H.U- Humedal-Estero-Lircay.pdf.
3º Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial y en la página electrónica del Ministerio del Medio Ambiente.