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Artículo de Resolución 814 EXENTA

Reconoce humedal urbano humedal río cautín - sector antumalén

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1163981 / 10261861.

Texto oficial

1º Declárese como Humedal Urbano, para efectos de lo dispuesto en la ley Nº 21.202, el humedal denominado Humedal Río Cautín - Sector Antumalén, cuya superficie aproximada es de 194 hectáreas, ubicado en la comuna de Temuco y Padre Las Casas, Región de la Araucanía. 2º Establézcase los límites del Humedal Urbano Humedal Río Cautín - Sector Antumalén, representados en la cartografía oficial, y que se detallan en coordenadas referenciales UTM según Datum WGS 84, huso 18 sur y son las siguientes: Para todos los efectos legales, la cartografía oficial, autorizada por el Subsecretario del Medio Ambiente como ministro de fe, forma parte integrante del presente decreto y puede ser consultada en las dependencias del Ministerio del Medio Ambiente, así como en el siguiente enlace: https://humedaleschile.mma.gob.cl/wp-content/uploads/2021/08/Mapa-Oficial-Rio-Cautin---Sector-Antumalen.pdf. 3º Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial y en la página electrónica del Ministerio del Medio Ambiente.