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Artículo 2 de la Ley 21.370

Modifica cuerpos legales con el fin de promover la equidad de género en el sector pesquero y acuícola

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1164124 / 10263026.

Texto oficial

Artículo 2.- Agrégase en la letra n) del artículo 3 de la ley N° 21.069, que Crea el Instituto Nacional de Desarrollo Sustentable de la Pesca Artesanal y de la Acuicultura de Pequeña Escala, Indespa, antes del punto y aparte, la siguiente oración: ", disminuyendo las brechas de género en la participación sectorial mediante actividades de capacitación".