Texto oficial
1. Delégase en los Secretarios Regionales
Ministeriales de Vivienda y Urbanismo de todas las regiones
del país la facultad del inciso segundo del artículo 8°
del DS N° 10 (V. y U.), de 2015, que reglamenta el Programa
de Habitabilidad Rural, para el solo efecto de asignar
subsidios adicionales a proyectos de la modalidad de
Construcción de Viviendas Nuevas, en sus tipologías de
Construcción en Sitio del Residente y Construcción de
Conjunto Habitacional, y a proyectos de Mejoramiento y
Ampliación de Viviendas Existentes y Equipamientos
Comunitarios, conforme a los parámetros y lineamientos que
sobre la materia se entreguen en la circular a que se
refiere el Resuelvo 3 siguiente.
2. En ambas modalidades indicadas en el resuelvo
precedente, el beneficio se entregará a los proyectos que
se encuentren en etapa de evaluación, que sean aprobados a
partir de la presente resolución, o que hayan sido
aprobados anteriormente, con o sin inicio de obras.
3. Por oficio circular del Subsecretario de Vivienda y
Urbanismo, se informará de los parámetros a utilizar para
la determinación específica del porcentaje del contrato
que se entregará como subsidio adicional, aplicable a cada
proyecto según lo indicado en los resuelvos anteriores, y
se informará de los demás aspectos prácticos para la
asignación del subsidio adicional a los proyectos que
califiquen.
4. Instrúyese a los Serviu requerir a las Seremi,
según lo dispuesto en los resuelvos anteriores y en la
medida que cuente con recursos para ello, el otorgamiento de
subsidios adicionales del inciso segundo del artículo 8º
del DS Nº 10 (V. y U.), de 2015, y gestionar las
modificaciones contractuales que sean pertinentes, en los
términos indicados, a objeto de propender al inicio de las
obras en el menor tiempo posible.
Para agilizar el procedimiento de aplicación de los
subsidios adicionales que se asignen, el Serviu podrá
establecer los mecanismos de incorporación de dichos
recursos al contrato, a los presupuestos aprobados; y
disponer sus formas de pago, resguardando en todo caso que
estos se utilicen efectivamente para el financiamiento de
las obras correspondientes.