Saltar al contenido

Artículo de Resolución 2758 EXENTA

Suspende autorizaciones relativas a la ley sobre control de armas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1166466 / 10276200.

Texto oficial

1. Suspéndese, en las provincias de Biobío y Arauco en la Región del Biobío y en las provincias de Malleco y Cautín en la Región de la Araucanía, durante la vigencia del estado de excepción constitucional declarado mediante el decreto supremo de Vistos Nº 6 y sus eventuales prórrogas, las siguientes autorizaciones otorgadas en virtud de la ley Nº 17.798: - Autorizaciones para inscribir y transferir armas de fuego. - Autorizaciones para transporte de armas de fuego, sus partes, dispositivos, piezas o municiones. - Autorizaciones para compra y para venta de armas de fuego, partes, dispositivos, piezas o municiones. - Autorizaciones para el funcionamiento de clubes de tiro. 2. Exceptúase de la suspensión a las instituciones mencionadas en el inciso cuarto del artículo Nº 3 de la ley Nº 17.798. 3. Publíquese en el Diario Oficial. Sin perjuicio de lo anterior, comuníquese igualmente a los Jefes de las Autoridades Fiscalizadoras Regionales y a las Autoridades Fiscalizadoras de las provincias declaradas bajo estado de excepción constitucional de emergencia, las cuales deberán tomar las medidas pertinentes y adecuadas para informar respecto de lo resuelto a los usuarios. 4. Remítase copia de esta resolución a los Jefes de la Defensa Nacional de las provincias bajo estado de excepción. Remítase la resolución original con sus antecedentes a la Ayudantía General (Centro de Mensaje) de esta Dirección General.-