Texto oficial
Artículo transitorio.- El mayor gasto fiscal que irrogue la aplicación de esta ley durante el primer año presupuestario de su vigencia, se financiará con cargo a la Partida Presupuestaria del Ministerio de Educación.".
Establece reajuste de remuneraciones y otros beneficios legales para el personal que indica, que se desempeña en los establecimientos de educación parvularia financiados por la junta nacional de jardines infantiles, vía transferencia de fondos traspasados a los servicios locales de educación
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1166961 / 10278742.