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Artículo séptimo del Decreto 295

Dispone el cierre temporal de lugares habilitados para el tránsito de personas, por emergencia de salud pública de importancia internacional (espii) por brote del nuevo coronavirus (2019-ncov), y deja sin efecto decreto que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1168843 / 10287814.

Texto oficial

Artículo séptimo: Déjase sin efecto el decreto supremo N° 102, de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, y sus modificaciones.