Texto oficial
Artículo 2: Dispóngase, la obligatoriedad del uso de mascarilla, en espacios de uso públicos de la comuna. Las mascarillas deberán utilizarse de manera tal que cubran correctamente la nariz y boca de cada persona y, podrán ser de cualquier material incluso de carácter artesanal, siempre que permitan dar una adecuada protección a la salud.