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Artículo 18 de la Ley 21.405

Otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica, y modifica diversos cuerpos legales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1170283 / 10295452.

Texto oficial

Artículo 18.- Sustitúyense, a partir del 1 de enero del año 2022, los montos de "$403.904", "$449.506" y "$478.170", a que se refiere el artículo 21 de la ley Nº 19.429, por "$428.542", "$476.926" y "$507.338", respectivamente.