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Artículo 46 de la Ley 21.405

Otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala, concede otros beneficios que indica, y modifica diversos cuerpos legales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1170283 / 10295480.

Texto oficial

Artículo 46.- Otórgase, a contar del 1 de enero de 2022, al personal asistente de la educación que sea beneficiario de la bonificación especial establecida en el artículo 30 de la ley N° 20.313, la bonificación compensatoria no imponible, de cargo del empleador, destinada a compensar las deducciones por concepto de cotizaciones para pensiones y salud en los términos establecidos en los incisos segundo, tercero y cuarto del artículo 29 de la ley N° 20.717.