Texto oficial
Artículo segundo: Extiéndase hasta el 31 de enero de 2022, la vigencia del decreto supremo Nº 295, de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Lo anterior, sin perjuicio que éste pueda ser modificado, en atención a la evolución que experimente el brote de COVID-19, en el territorio nacional.