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Artículo transitorio de la Ley 21.423

Regula el prorrateo y pago de deudas por servicios de agua potable y electricidad generados durante la pandemia covid-19, y establece subsidios a clientes vulnerables

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1172504 / 10308892.

Texto oficial

Artículo transitorio.- El mayor gasto fiscal que represente el pago de los subsidios de la presente ley durante su primer año presupuestario de vigencia se financiará con cargo a la partida presupuestaria del Tesoro Público. El mayor gasto fiscal que represente la aplicación de la presente ley durante su primer año presupuestario de vigencia para el Ministerio de Energía se financiará con cargo a los recursos de la partida presupuestaria de dicho Ministerio. En los años siguientes se estará a lo que considere la Ley de Presupuestos del Sector Público respectiva.".