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Artículo 93 del Decreto 296

Aprueba reglamento de la ley nº 21.325, de migración y extranjería

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1172573 / 10310451.

Texto oficial

Artículo 93.- En aquellos casos en que el Servicio Nacional de Migraciones resuelva, conforme a lo establecido en la ley Nº 21.325 y en el párrafo anterior, el rechazo de una solicitud de residencia; así como también cuando disponga la revocación de residencias o permanencias, se dispondrá el abandono del extranjero de que se trate, de conformidad con las reglas del presente párrafo.