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Artículo 146 del Decreto 296

Aprueba reglamento de la ley nº 21.325, de migración y extranjería

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1172573 / 10310516.

Texto oficial

Artículo 146.- Los actos administrativos que dispongan la expulsión, deberán además indicar el plazo de prohibición de ingreso que se le aplique al extranjero, de conformidad con las reglas de los artículos 27 y siguientes del presente reglamento. Para la fijación del plazo de prohibición de ingreso, el Servicio ponderará respecto del extranjero afectado las circunstancias señaladas en el artículo 137 del presente reglamento.