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Artículo segundo del Decreto 34

Modifica el decreto supremo n° 295, de 2021, del ministerio del interior y seguridad pública, que dispone el cierre temporal de lugares habilitados para el tránsito de personas, por emergencia de salud pública de importancia internacional (espii) por brote del nuevo coronavirus (2019-ncov) y extiende su vigencia

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1172678 / 10310802.

Texto oficial

Artículo segundo: Extiéndase hasta el 31 de marzo de 2022, la vigencia del decreto supremo N° 295, de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Lo anterior, sin perjuicio que éste pueda ser modificado, en atención a la evolución que experimente el brote de COVID-19, en el territorio nacional.