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Artículo 3º de Auto Acordado 34

Acta nº34-2022

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1172835 / 10311946.

Texto oficial

Artículo 3º. Anualmente las unidades a cargo de estos compromisos deberán informar al Pleno sobre el nivel de ejecución de sus componentes, correspondiendo a la Dirección de Estudios consolidar dicha información, la que el Pleno podrá disponer sea remitida al Ministerio de Justicia, para su conocimiento, en el marco del Plan Nacional de Derechos Humanos para el período 2022-2025.