Texto oficial
Artículo primero.- La presente ley entrará en vigencia el primer día del sexto mes siguiente a su publicación en el Diario Oficial.
Modifica el código del trabajo regulando el contrato de trabajadores de empresas de plataformas digitales de servicios
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1173544 / 10316508.