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Artículo primero de la Ley 21.431

Modifica el código del trabajo regulando el contrato de trabajadores de empresas de plataformas digitales de servicios

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1173544 / 10316508.

Texto oficial

Artículo primero.- La presente ley entrará en vigencia el primer día del sexto mes siguiente a su publicación en el Diario Oficial.