Saltar al contenido

Artículo 8 de Auto Acordado S/N

Autoacordado sobre tramitación electrónica para la región del biobío

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1173813 / 10318211.

Texto oficial

Artículo 8. Firma de actuaciones y resoluciones: Las resoluciones y actuaciones del tribunal serán firmadas, por regla general, mediante el sistema de firma electrónica. Excepcionalmente, cuando justificadamente la situación lo requiera podrá autorizarse la firma en papel físico.