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Artículo octavo de Resolución 343 EXENTA

Dicta instrucciones para la elaboración y remisión de informes de seguimiento ambiental del componente ambiental biodiversidad para los proyectos que cuentan con resolución de calificación ambiental

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1174417 / 10322695.

Texto oficial

Artículo octavo. Plazos de entrega para la información de línea base ambiental. La información de línea base ambiental de las componentes mencionadas y en los formatos establecidos deberá ser remitida a la SMA en 360 días hábiles desde la publicación de la presente Instrucción en el Diario Oficial. Solo en casos excepcionales y debidamente justificados podrá superarse el plazo señalado. Las circunstancias que justifican la aplicación de la excepción deberán ser debidamente acreditadas ante la SMA.