Texto oficial
1. Modifícase la resolución exenta N° 1.259 (V. y U.), de 2021, en el sentido de reemplazar su resuelvo 2., por el siguiente:
"2. La autorización señalada en el resuelvo 1., precedente, regirá hasta el 31 de marzo de 2023, plazo que podrá ser prorrogado debido a la emergencia sanitaria por el brote de Coronavirus 2019 (COVID-19) y sus variantes.".
2. Establécese que la resolución exenta N° 1.259 (V. y U.), de 2021, se mantendrá vigente en todo aquello que no ha sido modificado por la presente resolución.