Texto oficial
Artículo 2.- A contar del 1 de mayo de 2022, elévase a $283.471 el ingreso mínimo mensual para los trabajadores y las trabajadoras menores de 18 años de edad y mayores de 65 años de edad.
Reajusta el monto del ingreso mínimo mensual, así como la asignación familiar y maternal, y el subsidio familiar, otorga un subsidio temporal a las micro, pequeñas y medianas empresas en la forma que indica, y establece un aporte compensatorio del aumento del valor de la canasta básica de alimentos
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1176525 / 10336730.