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Artículo 32 de la Ley 21.456

Reajusta el monto del ingreso mínimo mensual, así como la asignación familiar y maternal, y el subsidio familiar, otorga un subsidio temporal a las micro, pequeñas y medianas empresas en la forma que indica, y establece un aporte compensatorio del aumento del valor de la canasta básica de alimentos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1176525 / 10336762.

Texto oficial

Artículo 32.- El Ministerio del Trabajo y Previsión Social deberá informar mensualmente a la Comisión de Trabajo y Seguridad Social de la Cámara de Diputados y a la Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado sobre el total de familias receptoras del subsidio, los montos correspondientes y las personas beneficiadas, y respecto de las familias receptoras del subsidio y de personas beneficiadas sobre aquellas que se encuentran en el 40% más vulnerable según el registro social de hogares.