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Artículo primero de Resolución 527 EXENTA

Modifica el artículo 7-7 transitorio de la norma técnica de calidad de servicio para sistemas de distribución, aprobada mediante resolución n° 763 exenta, de 10 de diciembre de 2019, de la comisión nacional de energía, en consideración a las circunstancias extraordinarias que se indican

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1178772 / 10349296.

Texto oficial

Artículo primero: Modifíquese el artículo 7-7 transitorio de la NTD, en el sentido de reemplazar su inciso primero por el siguiente: "La Empresa Distribuidora deberá contar con el Sistema de Gestión y Calidad señalado en el artículo 6-11 de la NTD, dentro de los plazos que se señalan a continuación: 1. A partir del 1° de enero de 2024 la Empresa Distribuidora deberá tener implementado el 30%. 2. A partir del 1° de enero de 2025 la Empresa Distribuidora deberá tener implementado el 60%. 3. A partir del 1° de enero de 2026 la Empresa Distribuidora deberá tener implementado el 100%.".