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Artículo 11 de la Ley 21.474

Crea un bono extraordinario chile apoya de invierno y extiende el permiso postnatal parental

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1179163 / 10351940.

Texto oficial

Artículo 11.- La Superintendencia de Seguridad Social estará facultada para dictar una o más normas de carácter general que regulen la referida extensión y las demás materias necesarias para la aplicación del presente Título. Asimismo, a dicha Superintendencia le corresponderá la fiscalización de su correcto uso y podrá aplicar las sanciones que correspondan, conforme a las disposiciones legales y reglamentarias aplicables.