Texto oficial
Artículo 43 bis.- El resumen tendrá una finalidad Ley N° 19.996
exclusivamente técnica y no podrá ser considerado para Artículo único N°
ningún otro fin, ni siquiera para la determinación del 45
ámbito de la protección solicitada. D.O. 11.03.2005
Las reivindicaciones definen el objeto para el que se Ley N° 19.996
solicita la protección. Estas deben ser claras y concisas y Artículo único N°
han de fundarse en la memoria descriptiva. 45
La memoria descriptiva deberá ser clara y completa de D.O. 11.03.2005
forma tal de permitir a un experto o perito en la materia Ley N° 19.996
reproducir el invento sin necesidad de otros antecedentes. Artículo único N°
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D.O. 11.03.2005