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Artículo 53 Bis 4 del Decreto Con Fuerza de Ley 4

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley n° 19.039, de propiedad industrial

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1179684 / 10356571.

Texto oficial

Artículo 53 Bis 4.- La solicitud de Protección Ley N° 20.160 Suplementaria será presentada ante el Tribunal de Propiedad Artículo único N° Industrial, quien resolverá sobre la existencia de demoras 13 injustificadas y la extensión de éstas en única D.O. 26.01.2007 instancia, de conformidad al procedimiento establecido para el recurso de apelación. La resolución que así lo declare, tendrá como único efecto la ampliación del plazo de protección y no dará origen a responsabilidad de ninguna especie. Previo a la vista de la causa, el Tribunal ordenará se Ley N° 20.160 oficie al organismo respectivo, a fin de que emita su Artículo único N° opinión dentro del plazo de sesenta días. 13 D.O. 26.01.2007