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Artículo único de la Ley 21.478

Interpreta la ley nº 5.248 en materia de integración de la comisión administrativa del parque pedro del río zañartu o parque fundo hualpén

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1180223 / 10359327.

Texto oficial

"Artículo único.- Declárase interpretado el artículo 1 de la ley Nº 5.248 en el siguiente sentido: Para todos los efectos legales la Comisión Administrativa se entenderá que está integrada por el gobernador regional de la Región del Biobío, quien la presidirá; el alcalde de la comuna de Concepción y el alcalde de la comuna de Hualpén.".