Texto oficial
Artículo cuarto: Notifícase a los profesionales de la educación referidos en el artículo primero de este acto, la suspensión de la Asignación por Tramo de Desarrollo Profesional, a través de la página web www.cpeip.cl, al día siguiente hábil de su publicación en el Diario Oficial, con el objeto de dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en la ley Nº 19.628, sobre protección de la vida privada, y asegurar la confidencialidad de los terceros involucrados.