Texto oficial
Artículo 4.- De la flexibilidad en la implementación de las estrategias y lineamientos. Los equipos técnicos que trabajen en la intervención deberán implementar las estrategias y lineamientos regulados en el presente reglamento con criterio de flexibilidad, valorando las particularidades, condiciones y actividades de la familia, de quienes tengan legalmente el cuidado y de otras personas relevantes incluidas en el proceso de intervención.
Bajo este concepto de flexibilidad, los equipos técnicos deberán disponer de los medios necesarios a fin de superar las barreras comunicacionales, contextuales, de accesibilidad u otras, con el objeto de favorecer su participación, propiciando que esta se realice en los mismos espacios familiares o entornos de origen, en el domicilio de la familia si está de acuerdo, o en el lugar que ellas mismas determinen como el más idóneo y accesible.