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Artículo transitorio de la Ley 21.490

Modifica los requisitos de ingreso a carreras de pedagogía establecidos en el artículo 27 bis de la ley nº 20.129 y en el artículo trigésimo sexto transitorio de la ley nº 20.903

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1183223 / 10374001.

Texto oficial

Artículo transitorio.- El Ministerio de Educación, a través de la Subsecretaría de Educación Superior, de acuerdo con la disponibilidad presupuestaria existente, implementará programas que propendan a mejorar las condiciones de atracción y retención de las y los estudiantes de pedagogía.".