Texto oficial
Artículo 1°.- Fíjase la siguiente planta de personal del Estado Mayor Conjunto:
A. Planta de Directivos
Directivos de Exclusiva Confianza
Directivos afectos al artículo 8°, de la ley Nº 18.834
B. Planta de Profesionales
C. Planta de Técnicos
D. Planta de Administrativos
E. Planta de Auxiliares
Los grados de los cargos de Jefe y Subjefe del Estado Mayor Conjunto corresponden a los establecidos en el artículo 26 de la ley Nº 20.424.