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Artículo único de la Ley 21.503

Modifica el plazo de rendición de cuentas de los aportes para los cuerpos de bomberos de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1183843 / 10377481.

Texto oficial

"Artículo único.- Modifícase el párrafo quinto de la glosa 02 de la Partida 05, Capítulo 10, Programa 04, Bomberos de Chile, de la ley N° 21.395, de Presupuestos para el Sector Público correspondiente al año 2022, de la siguiente manera: a) Suprímese la expresión "aprobación de la". b) Agrégase, a continuación de la expresión "recursos entregados", la siguiente frase: "y a la solución de las observaciones que se hubieren formulado por la Subsecretaría del Interior a la penúltima rendición presentada, sin perjuicio de la recepción de la copia de la rendición del Balance de Ingresos y Gastos del ejercicio anterior, según lo establecido en la ley N° 20.564, que establece ley marco de los Bomberos de Chile".".