Aprueba reglamento que determina el procedimiento mediante el cual se realizará la evaluación de la salud mental y física del personal del servicio nacional de protección especializada a la niñez y adolescencia que tenga trato directo con niños, niñas y adolescentes según lo prescrito en el inciso quinto del artículo 54 de la ley nº 21.302
Texto oficial
Artículo transitorio: En el caso de que los/as funcionarios/as hayan sido traspasados/as desde el Servicio Nacional de Menores al Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia, se considerará como fecha de ingreso para efectos de determinar la primera evaluación, el 1 de octubre de 2021.