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Artículo 4 de la Ley 21.507 · Fortalece el servicio agrícola y ganadero

Fortalece el servicio agrícola y ganadero

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1186044 / 10386656.

Texto oficial

Artículo 4.- Incorpórase en la letra r) del artículo 7 de la ley N° 18.755, que Establece Normas sobre el Servicio Agrícola y Ganadero, deroga la ley N° 16.640 y otras disposiciones, a continuación de la palabra "Servicio", la siguiente frase: ", y podrá disponer su publicación en extracto en el Diario Oficial".