Texto oficial
Artículo 34.- Introdúcense, a contar del 1 de enero
de 2023, las siguientes modificaciones en el artículo 59 de
la ley Nº20.883:
1. Reemplázase en el inciso primero la cantidad
"$412.021" por "$461.464".
2. Reemplázase en el inciso segundo la cantidad
"$29.085" por "$32.575".