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Artículo 8 de la Ley 21.522

Introduce un nuevo párrafo en el título vii del libro ii del código penal, relativo a la explotación sexual comercial y material pornográfico de niños, niñas y adolescentes

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1187183 / 10392258.

Texto oficial

Artículo 8.- Introdúcense en el literal e) del artículo 17 de la ley N° 19.856, que crea un Sistema de Reinserción Social de los Condenados sobre la base de la observación de buena conducta, las siguientes modificaciones: 1. Elimínase la expresión ", 366 quinquies". 2. Intercálase, entre la expresión "367 ter" y la conjunción copulativa "y" que le sigue, la expresión ", 367 quáter". 3. Reemplázase la expresión "374 bis" por "367 septies".