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Artículo 10 de la Ley 21.522

Introduce un nuevo párrafo en el título vii del libro ii del código penal, relativo a la explotación sexual comercial y material pornográfico de niños, niñas y adolescentes

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1187183 / 10392260.

Texto oficial

Artículo 10.- Intercálase, en el literal b) del inciso segundo del artículo 17 de la ley N° 19.970, que crea el Sistema Nacional de Registros de ADN, entre la expresión "6°" y la conjunción copulativa "y" que le sigue, la expresión ", 6° bis".