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Artículo 61 de la Ley 21.527

Crea el servicio nacional de reinserción social juvenil e introduce modificaciones a la ley n° 20.084, sobre responsabilidad penal de adolescentes, y a otras normas que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1187684 / 10397650.

Texto oficial

Artículo 61.- Adecuaciones a la ley orgánica de Gendarmería de Chile. Modifícase el inciso primero del artículo 3° del decreto ley N° 2.859, que fija ley orgánica de Gendarmería de Chile, en el siguiente sentido: 1) Sustitúyese, en la letra a), la expresión "Servicio Nacional de Menores" por "Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil"; 2) Sustitúyese, en el encabezamiento de la letra d), la expresión "Servicio Nacional de Menores", por "Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil", y 3) Sustitúyese, en el número 4 de la letra d), la expresión "Servicio Nacional de Menores" por "Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil".