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Artículo octavo de Auto Acordado S/N

Auto acordado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1187781 / 10397871.

Texto oficial

Octavo: La secretaría de la presidencia de la Corte mantendrá un registro actualizado de los ministros que hayan efectuado el curso de perfeccionamiento o postgrado en materia tributaria y aduanera, en concordancia con el registro de dicha información que mantenga la Academia Judicial, para lo cual la aludida secretaría deberá mantener plena comunicación con dicho estamento con el objeto de lograr estos fines, de modo de tener conocimiento permanente sobre los ministros que registren haber cursado el perfeccionamiento en la materia antes señalada.